A- de 2021
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Jaspi Foronda Nelson·Demandado Empresas Municipales De Cali Emcali Eice Esp
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos en sistema de seguridad social integral
- Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
- Competencia de la jurisdicción ordinaria laboral
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicción suscitado por el Juzgado 17 Administrativo Oral del Circuito de Cali y el Juzgado 9º Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso un ciudadano en contra de los actos administrativos proferidos por EMCALI y mediante los cuales le negó el pago de la mesada extra de diciembre reconocida en la Convención Colectiva de Trabajo y ratificó esta decisión.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión fijada en el Auto 314/21, mediante la cual se determinó que la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, es la competente para conocer un proceso laboral promovido por un trabajador oficial para obtener una mesada pensional extra, porque, si bien una persona de derecho público administra el régimen de seguridad social aplicable al demandante, éste no tuvo la calidad de empleado público al momento de causarse la pensión y, en esa medida, no se cumplen los requisitos exigidos por el numeral 4º del artículo 104 del CPACA, para efectos de asignar la competencia a la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente al Juzgado 9 Laboral del Circuito de Cali, para que adelante las funciones de su competencia y para que comunique al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 17 Administrativo Oral del Circuito de Cali y el Juzgado 9 Laboral del Circuito de Cali, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 9 Laboral del Circuito de Cali es la autoridad competente para conocer del proceso promovido por el señor Nelson Jaspin Foronda.
- SEGUNDO. Por Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-421 al Juzgado 9 Laboral del Circuito de Cali para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique al Juzgado 17 Administrativo Oral del Circuito de Cali y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.